ANH INGRESA EN INTERVENCIÓN EXTRAORDINARIA PARA FORTALECER LA REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN

ANH INICIA INTERVENCIÓN EXTRAORDINARIA PARA EVALUAR SUS MECANISMOS DE REGULACIÓN, CONTROL Y FISCALIZACIÓN

El Gobierno dispuso la intervención estatal extraordinaria de la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) por un periodo de hasta 180 días, mediante el Decreto Supremo N.º 5699, aprobado el 2 de septiembre. La medida responde a la identificación de deficiencias, riesgos y vulnerabilidades en los mecanismos de regulación, supervisión, control y fiscalización del sector hidrocarburífero, particularmente aquellos relacionados con el abastecimiento interno de hidrocarburos y sus derivados.

UNA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL CONDUCIRÁ EL PROCESO

Para llevar adelante la intervención se conformó una Comisión de Intervención Estatal Extraordinaria, integrada por representantes de los ministerios de Hidrocarburos y Energías; Producción Sostenible, Medio Ambiente y Agua; Obras, Servicios y Viviendas; además del Viceministerio de Transparencia, Seguridad Jurídica e Integridad Pública.

La comisión tendrá la responsabilidad de dirigir, supervisar, evaluar y coordinar las acciones contempladas durante el proceso. Asimismo, deberá realizar una revisión integral del funcionamiento de los mecanismos de regulación, supervisión, control y fiscalización aplicados a lo largo de la cadena hidrocarburífera.

Entre sus atribuciones se encuentra la evaluación de los procedimientos implementados en áreas como producción, transporte, refinación, almacenamiento, importación, distribución y comercialización de hidrocarburos.

También se revisarán los mecanismos destinados al control de calidad de los combustibles y se permitirá el acceso a sistemas, bases de datos, registros y expedientes institucionales, con especial atención al sistema B-SISA.

AUDITORÍAS PERMITIRÁN IDENTIFICAR DEFICIENCIAS Y POSIBLES RESPONSABILIDADES

Como parte del proceso, la comisión podrá recomendar la realización de auditorías técnicas, regulatorias, legales, financieras, administrativas y operativas, con el objetivo de establecer las causas de las deficiencias identificadas y determinar las medidas correctivas necesarias.

En caso de detectarse posibles responsabilidades, deberán elaborarse informes que detallen los hechos identificados, las personas involucradas, la documentación de respaldo y las acciones que correspondan conforme a la normativa vigente.

Asimismo, la comisión podrá revisar los procesos sancionatorios desarrollados por la ANH y evaluar el desempeño de autoridades, ejecutivos y funcionarios de las áreas administrativa, legal, técnica y operativa. De corresponder, también podrá recomendar la remoción de determinados servidores públicos.

LA INTERVENCIÓN NO IMPLICA LA DESAPARICIÓN DE LA ANH

La intervención tendrá carácter temporal y extraordinario, por lo que no implica la supresión de la Agencia Nacional de Hidrocarburos ni modifica su naturaleza jurídica, estructura institucional o atribuciones.

El periodo inicial de intervención será de hasta 180 días y podrá ampliarse, por una sola vez, hasta por 90 días adicionales si persisten las causas que motivaron la medida. Sin embargo, el proceso podrá concluir antes si las circunstancias que dieron origen a la intervención son superadas.

El reglamento de funcionamiento de la Comisión de Intervención Estatal Extraordinaria deberá ser aprobado en un plazo máximo de cinco días hábiles. Posteriormente, la comisión contará con hasta 30 días calendario para presentar una evaluación integral inicial sobre la situación de la entidad.

El proceso deberá desarrollarse bajo criterios de austeridad y, de acuerdo con la disposición gubernamental, no implicará la asignación de recursos adicionales provenientes del Tesoro General de la Nación.

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