“Durante los procesos investigativos, se presentó un sólido y contundente desfile probatorio, que permitió acreditar de manera objetiva tanto la existencia de los hechos delictivos como la participación directa de los imputados. Entre los principales elementos de convicción se encuentran el formulario único de denuncias, el informe circunstancial policial y de acción directa, el acta de registro del lugar del hecho, el muestrario fotográfico, certificados médico forenses, informes psicológico y social, declaraciones testificales, entre otros que generaron certeza y convicción en las autoridades jurisdiccionales que determinaron las sentencias”, señaló Nava Morales, fiscal de Chuquisaca.
Por su parte, el Fiscal de Materia asignado al caso de Feminicidio, Fabricio Daza, informó que el hecho ocurrió en la zona de Lajastambo de la ciudad de Sucre, el 28 de junio de 2025, cuando Wilfredo M. M. sorpresivamente agredió con una piedra a su madre de 53 años de edad, señalando que quería matarla, después, el sujeto ingresó a otra vivienda, donde también agredió a su vecina de 61 años. Durante el juicio, pericias en psicología desvirtuaron el argumento de la defensa concluyendo que el sujeto no presentaba alteraciones psicológicas o deficiencias de la inteligencia o trastorno mental.
En el segundo caso, la Fiscal de Materia asignada al caso, Belinda Romero, informó que entre el año 2023 y 2025, Juan C. E., retuvo por la fuerza en su local ubicado en la avenida Marcelo Quiroga Santa Cruz de Sucre, a una ciudadana hondureña de 38 años de edad, para que trabaje como dama de compañía. La mujer se volvió pareja del imputado, pero permanecía encerrada junto con su hija, además era maltratada física y psicológicamente y no tenía acceso al dinero que ganaba. El caso inicialmente se abrió por el delito de Violencia Familiar o Doméstica, pero ante los elementos probatorios colectados se recalificó a Trata de Personas.














