GOBIERNO DETERMINA BS 18 POR LITRO DE DIÉSEL PARA GRANDES CONSUMIDORES; EL TRANSPORTE PAGARÁ BS 9,80

El Gobierno estableció un precio diferenciado para el diésel mediante el Decreto Supremo 5676, determinando que los grandes consumidores, clientes directos y usuarios directos que adquieran elevados volúmenes del combustible deberán pagar Bs 18 por litro.

La medida tiene como principal objetivo reducir el desvío de grandes cantidades de diésel subvencionado hacia actividades ilegales, como el contrabando y la reventa, además de aproximar el precio que pagan los consumidores de mayores volúmenes al costo de importación del carburante.

TRANSPORTE Y USUARIOS PARTICULARES MANTIENEN EL PRECIO DE BS 9,80

De acuerdo con la disposición, el nuevo precio no representa un incremento generalizado del diésel en el país. Los transportistas y usuarios particulares continuarán pagando Bs 9,80 por litro en las estaciones de servicio, manteniéndose vigente este precio para el consumo habitual.

Sin embargo, la normativa establece una diferenciación para los volúmenes que excedan el consumo considerado habitual. Por ejemplo, cuando un usuario solicite una provisión adicional de combustible que supere el volumen correspondiente al uso normal de su vehículo, el excedente será comercializado a Bs 18 por litro.

De esta manera, el Gobierno busca mantener el precio subvencionado para los consumidores que realizan un uso regular del combustible y, al mismo tiempo, establecer un mecanismo de control sobre la adquisición de grandes cantidades de diésel.

¿A QUIÉNES SE APLICA EL PRECIO DE BS 18?

El Decreto Supremo 5676 establece diferentes categorías de consumidores, tomando como referencia el volumen mensual de diésel adquirido y el lugar donde se realiza la compra.

  • USUARIO DIRECTO: comprende a quienes adquieren entre 120 y 5.000 litros mensuales en estaciones de servicio, destinados exclusivamente a su propio consumo.
  • CLIENTE DIRECTO: corresponde a quienes adquieren entre 5.000 y 19.999 litros mensuales directamente en plantas de almacenaje.
  • GRAN CONSUMIDOR – GRACO: incluye a quienes requieren 20.000 litros o más por mes, destinados exclusivamente al consumo propio y adquiridos en plantas de almacenaje de hidrocarburos líquidos.

Esta clasificación permite establecer un control diferenciado de acuerdo con el volumen de combustible que requiere cada consumidor.

GOBIERNO BUSCA FRENAR EL DESVÍO DE COMBUSTIBLE SUBVENCIONADO

El Gobierno explicó que la decisión responde a la necesidad de combatir el desvío de grandes volúmenes de diésel subvencionado hacia el contrabando y la reventa ilegal. Las autoridades señalaron que el Estado destina importantes recursos para garantizar la importación y distribución del carburante, por lo que consideran necesario establecer mecanismos que permitan reducir las irregularidades en su comercialización.

La aplicación de un precio diferenciado busca, en ese sentido, evitar que grandes cantidades de combustible adquiridas a precio subvencionado sean posteriormente desviadas hacia mercados ilegales.

SE ESTABLECERÁ UN PRECIO REFERENCIAL

La normativa también contempla la implementación de un Precio Referencial para determinados segmentos de consumidores. Este mecanismo incorporará elementos relacionados con los costos de importación y los impuestos correspondientes.

Según lo establecido, la metodología para determinar este precio deberá ser aprobada previamente y, una vez vigente, el valor será actualizado de manera semanal, en función de los parámetros definidos por las autoridades.

GOBIERNO PREVÉ FACILITAR LA IMPORTACIÓN PRIVADA

Como parte de las medidas destinadas a garantizar el abastecimiento del mercado nacional, el Gobierno también prevé generar condiciones para que el sector privado pueda participar en la importación de diésel.

La iniciativa busca ampliar las fuentes de provisión del combustible y contribuir a garantizar el abastecimiento interno, especialmente ante la elevada demanda de diésel registrada en diferentes sectores de la economía.

En este contexto, el Gobierno sostiene que la diferenciación de precios permitirá mantener el subsidio para el consumo habitual de transportistas y particulares, mientras que los consumidores que requieran grandes volúmenes deberán asumir un costo mayor, más cercano al valor real de importación del combustible.